El 3 de enero de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta Ley Orgánica, por un lado, introduce una reforma organizativa de la Administración de Justicia en todos sus ámbitos y, por otro lado, realiza una reforma procesal que incorpora medios adecuados para la solución de controversias en vía no jurisdiccional.
Así, se refuerzan los medios alternativos de solución de controversias (MASC), como la mediación en vía no jurisdiccional en los ámbitos civil y mercantil, con el objetivo de aliviar la carga de los tribunales y promover acuerdos extrajudiciales.
En particular, el art.5 del Título II, “Medidas en materia de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia”, establece que los MASC se convierten en un requisito de procedibilidad para poder acudir a la vía jurisdiccional con respecto a las pretensiones de carácter dispositivo en el ámbito civil y mercantil.
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